TEMA VI:

 

 

INTRODUCCION

 

La presente investigación trata con relación conocer los conceptos y clasificaciones de las sociedades comerciales, Se basan en la calidad moral e intelectual de sus socios y lo que aportaran estos en índole ética y social, tienen muy poca autonomía en su capital,  personalidad jurídica, sociedades por interés y por acciones La personalidad jurídica de las sociedades mercantiles implica una importante consideración por las facultades que observa mediante la identificación de la forma de adquirirse como constituir una compañía.

 

 

 

 

 

TEMA VI: CONOCER EL CONCEPTO Y LA CLASIFICACION GENERAL DE LAS SOCIEDADES COMERCIALES

 

Sociedades de personas

 

Se basan en la calidad moral e intelectual de sus socios y lo que aportaran estos en índole ética y social, tienen muy poca autonomía en su capital, no predomina en ellas el objetivo económico y consta de dos sub categorías:

Sociedad colectiva: es una sociedad igualitaria en responsabilidades y beneficios, todos los integrantes de la misma toman de decisiones y se hacen cargo de cualquier eventualidad económica que surja, incluyen dos o tres socios utilizando los apellidos de todos sus integrantes en su razón social.

Sociedad comandita simple: En estas sociedades existen dos tipos de socios los que aportan su tiempo y conocimientos a cargo de la sociedad y los que aportan activos.

 

Sociedades Intermedias

 

 Este tipos de sociedades no está muy claro el rumbo comercial, ya que presentan características tanto de las sociedades de personas como de las que se basan en el capital, se dividen en dos:

  • Sociedades de responsabilidad limitada: Protegen los activos de los socios, pues, las responsabilidades están estrictamente dirigidas al capital que la constituye que puede ser dividido en cuotas, más no por títulos o acciones.
  • Sociedad comandita de acciones: es una sociedad en la que los socios dividen el capital en acciones, siendo el socio mayoritario por lo general quien se encarga del área administrativa, mientras que los demás no tienen ese tipo de obligación.

 

Sociedades Capitalistas

 

En este tipo de sociedades observamos el predominio del capital social, asignando así, un valor de importancia a sus socios dependiendo del aporte económico que dé a la sociedad en el momento de su constitución.

Capital fijo: En estas sociedades el capital con el que fue no puede transformarse a menos que se realice un cambio en los estatutos de la constitución de la empresa.

Capital variable: Son susceptibles a todo cambio del patrimonio con el que se inició la sociedad ya sea en el aumento como en la disminución del mismo, sin muchas obligaciones de ley.

 

PERSONALIDAD JURIDICA, SOCIEDAD POR INTERES, SOCIEDADES EN NOMBRE COLECTIVO

 

La personalidad jurídica de las sociedades mercantiles implica una importante consideración por las facultades que observa mediante la identificación de la forma de adquirirse, sus atributos, la forma en que se pierde y las actuaciones que puedan desarrollarse por contemplarse la misma. Dentro de los indicados atributos se inserta, con mayor relevancia, el del patrimonio, por medio del cual se separan los bienes propios de los asociados y los del ente societario.

 

Sociedad por partes de interés

 

Las sociedades genéricamente denominadas por partes de interés y también de personas-según que su clasificación se haga con referencia a un factor objetivo (el capital) o a un aspecto subjetivo

 (la incidencia del elemento personal)- están tipificadas en el derecho, en general, bajo cuatro formas:

sociedades colectivas, en comandita simple, de capital e industria, y accidental o en participación. Cada una de éstas formas ha sido receptada por las leyes (Ver Gr., La Argentina), para responder a determinadas necesidades del tráfico mercantil.

 

Sociedad en nombre colectivo

 

La sociedad en nombre colectivo es la que ha sido celebrada entre dos o varias personas, que responden personal y solidariamente de todo el pasivo social, y la cual se designa por medio de una razón social compuesta de los nombres de todos los socios, o del de alguno de ellos seguido solamente de las palabras “y compañía”.

Esta definición no es suficiente, pues en ella no se hace mención de estos importantes caracteres:

La obligación personal e indefinida inherente a los socios que la integran que la integran.

  • La solidaridad que debe de existir entre los socios.
     
     
     
     
    Razón Social:
     
    La razón social se compone de los nombres de todos los socios, de algunos de ellos, o de uno solo, empleados para designar para designar a la sociedad como un ser jurídico distinto de sus componentes.
     
    Responsabilidad Ilimitada;
     
    En toda sociedad en nombre colectivo los socios deben estar obligados a las deudas sociales con todos sus bienes, personal e indefinidamente.
     
    Solidaridad:
     
    Además de estar obligados los socios de toda sociedad en Nombre Colectivo con todos sus bienes, es necesario que exista una solidaridad en sus obligaciones, con respecto a las deudas de la sociedad, aunque sus nombres no figuren en la Razón Social.
     
    SOCIEDADES EN COMANDITA SIMPLE, SOCIEDADES POR ACCIONES O DE CAPITAL, SOCIEDADES ANONIMA.
    LAS SOCIEDADES EN COMANDITA SIMPLE” Concepto: “Es la que existe bajo una razón social y se compone de uno o varios socios comanditados que responden de manera subsidiaria, ilimitada y solidaria de las obligaciones sociales, y de uno o varios comanditarios que únicamente están obligados al pago de sus aportaciones”. Es una sociedad personalista constituida por socios colectivos que aportan capital y trabajo y responden subsidiaria, personal y solidariamente de las deudas sociales y de los socios comanditarios que solamente aportan capital y cuya responsabilidad esta limitada a su aportación.
     
     
    SOCIEDADES POR ACCIONES O DE CAPITAL
    La sociedad por acciones es aquella en que, por un lado, las obligaciones sociales gozan solamente de la garantía (genérica) del patrimonio de la sociedad y por el otro, las cuotas de participación de los socios están representadas por acciones; los socios no responden mas que de las aportaciones suscriptas. Se distingue de otras sociedades por la responsabilidad limitada y, a su vez, se distingue de la S. R. L. Por el hecho de la distribución del capital social e n acciones. Estas acciones pueden ser, a su vez, nominativas o anónimas.
     
    SOCIEDADES ANONIMA.
    La sociedad anónima (S.A.) es una forma de organización de tipo capitalista muy utilizada entre las grandes compañías. Todo el capital se encuentra dividido en acciones, que representan la participación de cada socio en el capital de la compañía. Una de las características de la sociedad anónima es que la responsabilidad de cada socio es proporcional al capital que haya. Por eso, participar en una S.A. tiene un nivel de seguridad financiero bastante alto.
     
    TIPOS DE ACCIONES BUENOS U OBLIGACIONES , CONSTITUCION DE UNA COMPAÑÍA POR ACCIONES SIMPLES, EN COMANDITA Y EN PARTICIPACION. REGISTRO DE NOMBRE.
     
    TIPOS DE ACCIONES BONOS U OBLIGACIONES
    Los bonos son instrumentos financieros de deuda utilizados tanto por entidades privadas como por entidades de gobierno. El bono es una de las formas de materializarse los títulos de deuda, de renta fija o variable. Pueden ser emitidos por una institución pública (un Estado, un gobierno regional o un municipio) o por una institución privada (empresa industrial, comercial o de servicios).
    Bonos Sin Garantía
    Los bonos sin garantía se emiten sin la pignoración de ningún tipo específico de bien, entonces estos representan un derecho sobre las utilidades, pero no de sus activos, existen dos tipos principales de bonos sin garantía:
     
    Bonos Sin Respaldo
    Que son aquellos que no tienen respaldo específico, solamente son avalados por el buen nombre que la empresa tiene frente a terceros, casi siempre son convertibles en acciones. Estos son los más rentables ya que su riesgo es muy alto.
     
    Títulos de crédito
    Los títulos de crédito (Debentures) tienen derechos sobre cualquier parte de los activos de la empresa una vez que se hayan satisfecho las reclamaciones de todos los acreedores garantizados.
    Títulos de crédito subordinado: Son títulos de crédito que se subordinan específicamente a otros tipos de deuda. Tienen como ventaja que sus reclamaciones deben satisfacerse antes que la de los accionistas preferentes y comunes.
     
    Bonos garantizados
    Existen varios tipos de bonos garantizados para conseguir fondos largo plazo, entre los más comunes se encuentran:
     
    Bonos hipotecarios
    Es aquél que garantiza con un gravamen sobre inmuebles o edificios. Normalmente el valor del mercado del bono es mayor que el monto de la emisión del bono hipotecario.
    Que son aquellos que están respaldados por una hipoteca sobre un activo específico. Por ser mínimo el riesgo que tienen estos bonos son los que menos rentabilidad proporcionan.
     
    Bonos de garantía colateral
    Son los bonos que se emiten con garantía de otras compañías, en estos casos con las matrices delas empresas emisoras. Generalmente el valor de la garantía es mayor que el valor de los bonos.
     
    Bonos De Ingreso
    También llamado "participante", aunque no está directamente garantizado, requiere el pago de interés solamente cuando haya utilidades disponibles para hacer el pago, tienen la ventaja que el interés pagado es bastante alto.
     
    Bonos estatales
    Que son aquellos emitidos por el estado, casi siempre su rentabilidad es demasiado baja, pero son impuestos por el gobierno central como inversiones forzosas para las empresas.
     
    CONSTITUCION DE UNA COMPAÑÍA POR ACCIONES SIMPLES

  • Registrar el Nombre Comercial en la Oficina Nacional de Propiedad

Industrial (ONAPI)

  • Comunicación solicitando el Nombre Comercial o llenar el formulario en

la Oficina Nacional de la Propiedad Industrial ONAPI.

  • Registrar los Documentos Legales en la Cámara de Comercio y

Producción de Lugar

  • Solicitar el Registro Nacional del Contribuyente (RNC)

 

Sociedad Anónima Simplificada (SAS): RD$3,000,000.00 SOCIEDADES EN COMANDITA SIMPLE

Principales características:

• Están integradas por uno o varios socios comanditados, los cuales

responden de manera ilimitada de las obligaciones sociales, y de uno o

varios socios comanditarios que únicamente están obligados al pago de

sus aportaciones .

• La razón social se formará con los nombres de uno o varios asociados

comanditados seguida por las palabras “y compañía” o su abreviatura y

deberá estar acompañado siempre de las palabras “Sociedad en

Comandita” o su abreviatura “S. en C.”

No tiene capital social mínimo y su capital se divide en partes sociales.

Son administradas por gerentes, los cuales serán designados por la

mayoría de los socios, salvo disposición estatutaria en contrario.

• No se requiere comisario de cuentas

 

SOCIEDADES EN COMANDITA POR ACCIONES

Principales características:

• Están integradas por uno o varios socios comanditados y por lo menos

tres (3) socios comanditarios.

• Los socios comanditados responderán indefinida y solidariamente de las

deudas sociales.

• No tienen capital mínimo, el cual estará dividido en acciones.

• Serán administradas por uno o varios gerentes.

• La vigilancia será efectuada por un consejo de vigilancia compuesto de

por los menos 3 socios comanditados.

 

 

CONCLUSION

 

 Después de haber indagado en los diferentes aspectos de la sociedades comerciales que entre ellas se encuentran .Sociedad Anónima (S.A.),Sociedades de Responsabilidad Limitada (Ltda.),Sociedades Colectivas ,Sociedad Comanditaria. Manejando las diferentes abreviaturas de las sociedades comerciales, sus clasificaciones y cuáles son los diferentes pasos a seguir para el registro y creación de una empresa, Los bonos son instrumentos financieros de deuda utilizados tanto por entidades privadas como por entidades de gobierno.

 

FUENTES

 

(Martin S.) (Sto. Dgo.) (Citado: 26-6-2019) (Hora 8:45 Am) https://www.clasificacionde.org/clasificacion-de-las-sociedades-mercantiles/

 

(Aula En Linea .) (Sto. Dgo.) (Citado: 26-6-2019) (Hora 8:49 Am) https://publicaciones.unaula.edu.co/index.php/ratiojuris/article/view/88/332

 

(Enciclopedia Juridica) (Sto. Dgo.) (Citado: 26-6-2019) (Hora 9:20 Am) http://www.enciclopedia-juridica.biz14.com/d/sociedad-por-partes-de-inter%C3%A9s/sociedad-por-partes-de-inter%C3%A9s.htm

(R. V.) (Sto. Dgo.) (Citado: 26-6-2019) (Hora 9:30 Am) https://html.rincondelvago.com/sociedad-en-nombre-colectivo.html

(F. C. Abogados) (Sto. Dgo.) (Citado: 26-6-2019) (Hora 9:45 Am) https://fc-abogados.com/es/cual-es-el-capital-minimo-autorizado-para-constituir-companies/

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